La relación entre la Organización de las Naciones Unidas, mejor conocida como ONU, y la cannabis parece mejorar, pues eliminó a la planta del Anexo IV de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes que catalogaba a esta planta como una droga peligrosa.
Para activistas, médicos, investigadores y consumidores, esta decisión representa una victoria simbólica respecto al cambio internacional de políticas en materia antidrogas. En tanto, para la Organización Mundial de la Salud (OMS) es considerada como un paso gigante hacia el desarrollo de la industria cannábica del bienestar.
Cabe resaltar que la antigua clasificación fue resultado de los trabajos realizados en 1961 y 1971 que catalogaron a diversas sustancias controladas (entre ellas a la cannabis), de acuerdo con su valor terapéutico y su riesgo potencial de abuso, es decir, que tan adictivas se consideraban. Tales consideraciones han evolucionado y ya no son las mismas que hace 49 años.
La ONU acepta recomendación de la OMS
La encargada de dar luz verde al abandono del cannabis de la Lista IV fue la Comisión de Estupefacientes de la ONU, organismo que centró su propuesta en la recomendación que emitió la OMS en 2019 para regular el consumo de la planta. De todos modos, a pesar de que los resultados podrían ser positivos, no tendrán implicaciones inmediatas para aflojar los controles internacionales, y los gobiernos aún tendrán jurisdicción sobre cómo clasificar al cannabis.
Respecto a los resultados de la votación proporcionados por la Comisión de Estupefacientes, países como Estados Unidos y las naciones europeas votaron a favor de la propuesta, mientras que China, Egipto, Nigeria, Pakistán y Rusia se opusieron enérgicamente.
Otro punto que se denegó en la votación fue la recomendación para agregar derivados del cannabis como el dronabinol y el THC a la Lista I, el nivel más bajo de las restricciones en políticas antidrogas.
«Continuar por este camino no solo niega a nuestros ciudadanos importantes medicamentos que alivian el sufrimiento, sino que también representa una traición a la confianza del público», afirmó Michael Krawitz, director ejecutivo de Veterans for Medical Cannabis Access, en entrevista para Infobae Argentina. Según Krawitz, el cannabis tiene un potencial curativo impresionante que podría proporcionar un alivio del dolor único.
La ONU y la cannabis
Respecto a la revisión de la política del cannabis, particularmente en torno a la legalización para uso médico, existe una esperanza generalizada de que la industria se abra a la investigación de los beneficios terapéuticos del fármaco.
De acuerdo con información publicada en el citado medio, la regulación del cannabis es un acto impostergable para crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro, inclusivo y protector de quienes requieren utilizar la planta como herramienta terapéutica.
En entrevista para el citado medio, Mariano Fusero, abogado y presidente de la organización Reset, líder en políticas de drogas y derechos humanos, indicó que sí existe una gran cultura generalizada de apoyo al cannabis. Sin embargo, este cambio de adecuación llega tarde y no significa que impacte de manera inmediata en los países.
En lo que se refiere a la llegada tarde, el especialista dijo que este tipo de politicas antidrogas ya eran usadas en otras naciones europeas y en 33 regiones de Estados Unidos, además de otros países en Latinoamérica.
El origen de la restricción
Ahora bien, las convenciones que originaron la restricción del cannabis fueron tres: la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 y la Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas en 1988. En conjunto, todas constituyen el marco legal internacional del régimen de control mundial de las drogas.
Las convenciones de 1961 y 1971 brindaron los estándares más complicados de clasificación, mientras que la Convención de 1988 anexó dos tablas en las que se listan precursores, reactivos y disolventes que se utilizan con frecuencia en la fabricación ilícita de estupefacientes o de sustancias psicotrópicas. Este último tratado reforzó significativamente la obligación de los países de imponer sanciones penales para combatir todos los aspectos de la producción ilícita, posesión y tráfico de sustancias psicoactivas.
El objetivo de los tratados es tipificar medidas de control aplicables a nivel internacional con el fin de garantizar la disponibilidad de sustancias psicoactivas para fines médicos y científicos, y prevenir su desvío hacia canales ilegales, incluyendo también disposiciones generales sobre tráfico y consumo de sustancias psicoactivas.
Con información de Infobae
Fot-. Crystal Weed / Unsplash
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