Segundo amparo de la SCJN pone a México un paso más cerca de la regulación
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El uso de la marihuana en el país ha desatado una serie de mitos, debido a que es un tema con una legislación que se ha postergado por largo tiempo.
Desde 2010, organizaciones civiles y colectivos procannabis luchan por una legislación justa y efectiva tanto para consumidores como para agricultores.
Sin embargo, el estigma que pesa sobre la marihuana en México desde 1920, cuando se penalizó su uso, es un lastre difícil de erradicar.
Tomando en consideración lo anterior, el portal Green State, especializado en cannabis, recapituló tres temas clave en la historia de la legalización de esta planta en nuestro país.
Esta idea ha sido muy propagada desde 2017, cuando la Suprema Corte despenalizó el uso de los derivados farmacéuticos del cannabis. Pese a ello, es erróneo decir que la marihuana medicinal es legal.
De esta forma, si una persona tiene marihuana en su poder, ya sea para uso medicinal o recreativo, está cometiendo un delito. Este acto se considera como tráfico de drogas.
Es por ello que el uso de marihuana medicinal todavía no es legal, incluso puede ser causa de arresto.
Respecto al uso de los derivados farmacéuticos del cannabis, es preciso mencionar que solamente pueden contener un máximo de 1 % de THC.
Estos productos pueden ser aceites o cápsulas, pero solo pueden catalogarse como suplementos alimenticios. Esto es debido a que los médicos no pueden recetar marihuana.
Este mito sí es verdadero pues, desde 2009, el Senado ratificó la portación legal de hasta cinco gramos de marihuana. De esta forma, la Ley General de Salud establece que una persona puede portar hasta 5 gramos de cannabis sativa, índica y americana o marihuana, sin ser objeto de acoso policíaco.
Los consumidores no podrán ser presentados ante el Ministerio Público y tampoco serán sujetos al ejercicio de la acción penal.
Esta limitación impuesta por las leyes se considera como uso personal. En caso de que algún consumidor haya sido atrapado con dicha cantidad más de tres veces, se lo alienta para que entre a rehabilitación.
Las personas que cultiven, produzcan, vendan, trasladen o porten más de los cinco gramos establecidos serán condenadas por tráfico de drogas.
Dicha norma se contrapone a lo declarado en 2018 por la Suprema Corte de Justicia, que indicó que es inconstitucional prohibir el uso personal de la marihuana. Esta medida se expande también a la posesión y al cultivo privado.
El organismo gubernamental aludió que la prohibición viola el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad.
Tal hecho ocasionó la planeación de la Ley de Regulación del Cannabis, ordenanza que se quedó en el tintero desde 2018 y que tiene como plazo máximo el próximo 15 de diciembre de 2020 para regularizarse.
Con información de GreenState
Foto: Mike Van den / Unsplash
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